Códigos de California
Comunes y su Significado
Código Penal:
Falsificación y Producción de Documentos Fradulentos
Artículo 470(a) y (b) del Código Penal trata
de producción y/o posesión de una licencia de conductor
falsificada o una tarjeta de identificación falsificada puede
resultar en que sea acusado ya sea de un delito mayor o un delito
menor. La condena bajo este articulo puede resultar en multas
substanciales y posible plazo carcelario.
Amenazas
y Agresión Física
Los artículos 240 al 248 del Código Penal tratan
con amenazas y agresión con lesiones. El artículo
240 del Código Penal es el más común que se usa en una
imputación de agresión. Las sanciones varían de acuerdo a la severidad de la
agresión. El artículo 245 del Código Penal - Agresión
con un Arma Mortifera o conocido por las siglas en inglés ADW también puede ser imputada como
un Delito Mayor Violento y factor en su contra (strike). Artículo 242 del Código Penal
- Agresión con Lesiones también tiene variación amplia de una
posiblilidad de promover y además, los dictados de las condenas que
varían de acuerdo al grado de la agresión física.
Violencia
en el Hogar/Familiar
La Violencia en el hogar, o artículo 243 del Código Penal es
el infligir una lesion a un cónyuge, novia o compañero de cuarto. Estas
lesiones podrían ser tan pequeñas como lo serían unas "marcas rojas"
en un brazo y el acusado puede ser encarcelado. Una condena bajo este
artículo puede ocasionar que se le notifique de una orden de
prohibición que le impida regresar a su casa. Otras de las
sanciones
comunes asociadas con una sentencia condenatoria bajo este artículo son
las multas, cárcel y un programa de tratamiento de rehabilitación aprobado por el
Estado.
Escalamiento o Allanamiento de Morada
Escalamiento
o allamamiento de morada o el artículo 459 del Código Penal
es imputado cuando se puede demostrar que una persona haya entrado a
un edificio, cuarto o vehículo con intención de cometer un delito.
En caso de una sentencia condenatoria, las sanciones pueden incluir
prisión, cárcel y/o multas las que pueden ser ordenadas por el juez.
Hurto
Mayor
El hurto se divide en dos
partes. El primero y más severo es Hurto Mayor o el Articulo 487
del Código Penal el cual generalmente determina si el valor de
los articulos robados excede los $400.00. Dependiendo del carácter
del delito, éste puede ser imputado ya sea como un delito mayor o
un delito menor.
Hurto Menor
El segundo es Hurto Menor o Artículos 484 al 488 del
Código Penal y igualmente se determina si el valor de los
artículos robados es menos de $400.00. Este es un delito
menor sancionable por medio de multas, una orden de resarcimiento y la
posibilidad de un plazo carcelario. La severidad depende si existe
una condena previa.
Alteración del Orden
Público (Conducta Contra la Moral)
El Artículo 647 (a-k)
del Código Penal, un delito menor, se imputa por una variedad
de razones que varian desde rondar e ebriedad en la vía pública a
instigación de prostitución y voyerismo conocido en inglés como "peeping".
Al ser hallado culpable, las sanciones varían dependiendo del
número de condenas que tenga una persona.
Código de Transito:
Conducir
Bajo los Efectos del Alcohol/Drogas (conocido por su siglas en
inglés por DUI)
El artículo 23152 (a) y (b) del Código de Transito, un
delito menor, es uno de los delitos penales más comunes en el sur
de California. Desafortunadamente también es uno de los
delitos más menospreciados. Es importante de ponerse en contacto
con la Dirección General de Transito (siglas en inglés DMV) dentro
de los 10 días de la fecha del arresto para solicitar una audiencia
para proteger su derecho de conducir. Una sentencia condenatoria de
conducir bajo los efectos del alcohol puede resultar en severas
multas, un programa de ayuda profesional para alcohólicos,
suspensión de la licencia de conducir y plazo carcelario. Si
usted es un residente ilegal, puede dar por resultado que pierda su
derecho a permanecer en este país. Si ocurre un accidente que
resulta en lesiones corporales en lo cual el conductor esta bajo los
efectos del alcohol y/o drogas se le imputará el quebrantamiento
del artículo 23152 del Código de Transito.
Conducir
con una Licencia Suspendida
El artículo14601del Código de Transito se imputa cuando una
persona conduce mientras su derecho a conducir se ha suspendido o
revocado. El artículo 4601.2 del Código de Transito se
imputa cuando una persona conduce mientras su licencia se ha
suspendido o revocado debido a una sentencia condenatoria de
conducir bajo los efectos del alcohol (Artículo 23152 del
Código de Transito). Ambas contraverciones conllevan sanciones
que oscilan de la libertad a prueba y multas de cárcel en caso de
que se le halle culpable. Las sentencias condenatorias del articulo
14601.2 del Código de Transito también conllevan la sanción de
tener instalada la traba del encendido (conocido en inglés como
ignition interlock) por menos un año.
Chocar
y Huir
Un cargo de Chocar y Huir se imputa cuando toda persona que conduce
un vehículo se involucra en un accidente y se va del lugar del
accidente antes de haber intercambiado información con el otro
conductor involucrado, o sin dejar información cuando el otro
conductor está ausente, o antes de haber notificado a la policía
de que el accidente fue de un sólo carro involucrando algún tipo
de daño de propiedad. Este tipo de delito está bajo el artículo 20001
del Código de Tránsito.
Código de Salud
Posesión de Drogas, Produción y Ventas
Se imputa la posesión de drogas bajo varios artículos dependiendo en el tipo de droga. El Código de Salud artículo 11350 es la posesión de opium o cocaína o cualquier derivativo del mismo.
El artículo del Código de Salud 11357(a) HS es la posesión de cualquier forma concentrada de cannabis (hashish). Este delito puede ser un delito mayor.
El artículo del Código de Salud 11357(b)HS es la posesión de menos de 28.5 gramos de marihuana. Este cargo puede ser un delito mayor.
El artículo del Código de Salud 11364 HS es la posesión de parafernalia para inyectar o fumar una sustancia controlada.
El artículo del Código de Salud 11377 HS es la posesión de "Drogas Peligrosas" como PCP, LSD, Ketamine y Metamfetamina. Este delito puede ser un delito mayor o un delito
menor.
Producción y Venta (Delito Mayor)
El artículo del Código de Salud 11351 HS es la posesión para venta de opium o cocaína o cualquier derivativo del mismo.
El artículo del Código de Salud 11355 HS es la venta o transportación de opium o cocaína o sus derivativos.
El artículo del Código de Salud 11378 HS es la posesión para venta de "Drogas Peligrosas" como PCP, LSD, Ketamine y Metamfetamina.
El artículo del Código de Salud 11379.6 HS es la fabricación de "Drogas Peligrosas" como PCP, LSD, Ketamine y Metamfetamina.
Estos son solo unos de los pocos artículos del Código más comunes con los cuales se le acusa a la gente. Tenga en mente que cada causa es diferente y un buen abogado le podría fácilmente ayudar con saber la mejor manera de llevar su específica causa. Si Usted a sido arrestado y desea información específicamente en su cargo(s) por favor llame a cualquiera de nuestras oficinas o simplemente complete el formulario de información y con gusto le ayudaremos.
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